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lunes, 11 de noviembre de 2013

El convenio en el concurso de acreedores

La vigente Ley Concursal (LC) tenia como objetivo prioritario salvaguardar la continuidad de la empresa.  Y para ello, se regulo la posibilidad de alcanzar  un convenio con los acreedores que permitiera mediante un sistema pactado de quitas y espera la supervivencia de la empresa. Transcurridos unos cuantos años desde la entrada en vigor de la LC, la realidad es que prácticamente la totalidad de las empresas en concurso terminan en un proceso de liquidación. Destruyendose la mayor parte del valor que creo la empresa. La liquidación nunca es una solución satisfactoria para accionista, trabajadores, ni proveedores y en cambio es prácticamente la única alternativa que se permite. El problema radica en el acceso la financiación que si actualmente es muy complicada para la mayoría de las empresas, cuando se atraviesa una situación concursal es prácticamente imposible obtener.

Debemos replantearnos nuestro sistema concursal, dotandole de medios que lo hagan efectivo. Principalmente apoyando la financiación de aquellas empresas que puedan ser viables, vía banca privada o pública (ICO) para dejar de destruir nuestro tejido productivo.

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